Requisitos por Trámites

INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO.

Requisitos Generales.-
1.-
Informe
estadístico de Nacido Vivo, suscrito por el profesional que atendió el parto;
2.- Cédula de ciudadanía de la persona que solicita’ la inscripción, o pasaporte en caso de ser extranjero. En caso de que el solicitante sea ecuatoriano mayor de edad, deberá presentar su certificado de votación.
3.- Cédula de ciudadanía actualizada de los padres donde conste el estado civil de casados. Si es documento emitido en el extranjero deberá estar autenticado y traducido;

Requisitos para casos especiales.-
* Si la inscripción la solicitan los padres y éstos no están legalmente casados, deberán . ambos presentarse personalmente con su cédula de ciudadanía.
 * Si la inscripción la solicita un tercero, se requiere un poder especial otorgado ante Notario Público.
* Si no existe el Informe Estadístico de Nacido Vivo, éste se llevará en base a la declaración de dos testigos que acrediten el hecho.
* Si la inscripción es tardía, posterior a los 30 días del nacimiento hasta los 12 años, adicionalmente se debe presentar certificado de no inscripción emitido por la Jefatura Provincial del Registro Civil del Guayas.
* Si la inscripción es tardía, posterior a los 30 días del nacimiento, los requisitos adicionales serán informados en Asesoría Jurídica,
* Si el nacimiento ocurre en el exterior, los requisitos para la inscripción serán informados en Asesoría Jurídica.

MATRIMONIOS

Requisitos Generales.-
1.- Cédula de ciudadanía y certificado de votación original de los contrayentes;
2.- Presencia de dos testigos hábiles, quienes presentarán sus cédulas de ciudadanía y certificados de votación.
3.- Pago de tasa.

Requisitos para casos especiales.-
*
Si uno de los contrayentes es menor de edad, tiene que contar con la autorización de quien ejerza la representación legal.
* Si uno de los contrayentes fuere progenitor soltero, viudo o divorciado y tuviere hijos bajo su patria potestad, deberá presentar Nombramiento de Curador Especial y si administra bienes debe presentar un inventario de los mismos;
* Si uno de los contrayentes es extranjero residente, presentará el censo y la cédula de identidad; si no es residente, presentará el pasaporte con visa o permanencia legal. Además, en cualquier caso, presentará un certificado original de la filiación y estado civil del extranjero debidamente autenticado y traducido al español, de ser el caso.
* Si uno de los contrayentes es miembro de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional, necesitará la autorización de la Dirección de la institución a la que pertenezca, o certificado de exoneración.
* Si el matrimonio ha sido realizado en el exterior, se realizará su inscripción previa la presentación de los requisitos que serán informados en Asesoría Jurídica.

INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN

Requisitos generales.-
1.- Certificado de defunción suscrito por el médico tratante o legista, en el que conste firma de responsabilidad y numero de registro medico Si el hecho se dio en una casa asistencial, el certificado médico deberá llevar, además, el sello de la misma;
2.- Cédula de ciudadanía del que solicita la defunción o pasaporte o documento de identidad en caso de ser extranjero.
3.- Cédula de ‘identidad o ciudadanía, partida de nacimiento o pasaporte del fallecido (para identificar al occiso)
,


Requisitos para casos especiales.-
* En caso de inscripciones tardías, pasadas las 48 horas de la muerte hasta el año,’ se requiere el paga de multa;
* En caso de inscripciones ‘tardías pasadas el año de la muerte, los requisitos adicionales serán informados en Asesoría Jurídica..’
* En caso de muerte sin asistencia de profesional médico se presentará una declaración jurada de dos testigos.

CEDULACIÓN

Requisitos generales.-
1.- Carné de estudiante, según corresponda; y,
2.- Pago de tasa.

Renovación de Cédula.-
* En caso de caducidad o deterioro, se presentará la cédula de ciudadanía original (documento anterior) y el certificado de votación;
* En caso de pérdida o robo, se acompañará la copia de la denuncia con la fe de presentación en el Ministerio Público (Fiscalía) o en la Policía Judicial (Pi) y otro documento identifica torio;
* En caso de renovación a miembros de la Policía Nacional o Fuerzas Armadas, se acompañara credencial que acredite su condición.
* En caso de ser extranjero, se presentará certificado de registro emitido por la Sub - Dirección de Extranjería
En todos los casos se necesita pago detasa.

Cedulación de Extranjeros

Por Primera Vez

* Original de orden de cedulación vigente, emitida por la Dirección o Subdirección General  de Extranjería (donde conste la dirección domiciliaria, caso contrario debe presentar certificado de inscripción de registro extranjero donde conste la misma).
*
Original y copia de pasaporte, en el que debe de constar la respectiva visa de inmigrante (vigencia mínima del pasaporte 6 meses).
*
Original del censo migratorio vigente y copia.
* Pago de tasa.

Por Renovación

* Certificado de inscripción de registro de extranjero, emitido por la Dirección o Subdirección General de Extranjería.
*
Original y copia de pasaporte, en el que debe de constar la respectiva visa de inmigrante (vigencia mínima del pasaporte 6 meses).
*
Original de censo migratorio vigente y copia.
* Pago de tasa.

Por Robo o Pérdida

* Copia de la denuncia puesta en la Fiscalía o Comisaría de la Policía, donde conste los nombres exactos del extranjero así como su número de cédula.
*
Certificado de inscripción de registro de extranjero, emitido por la dirección o subdirección general de extranjería.
*
Original y copia de pasaporte, en el que debe de constar la respectiva visa de inmigrante (vigencia máxima del pasaporte 6 meses).
* Original de censo migratorio vigente y copia.                                                                                                                   *   Pago de tasa

  Requisitos para casos especiales.-
* En caso de ser extranjero residente acompañará: original de orden de cedulación emitida por la Dirección o Subdirección de Extranjería; Original del Pasaporte del extranjero; y, Original del censo migratorio.
* En caso de extranjeros que hayan sido reconocidos con nacionalidad ecuatoriana, acompañarán: original del reconocimiento de nacionalidad ecuatoriana, copia certificada de la partida de inscripción del reconocimiento de la nacionalidad ecuatoriana.’
* En caso de naturalización, se debe acompañar copia certificada de la Carta de. Naturalización debidamente legalizada por el Departamento de Registro Civil de la Dirección General de Registro Civil.
* En caso de recuperación de la nacionalidad ecuatoriana, se acompañará copia certificada de la partida de nacimiento, donde conste la inscripción de recuperación de la nacionalidad.

RECONOCIMIENTO DE HIJOS

Requisitos generales.-
1.- Copia certificada de l sentencia ejecutoriada, Escritura de Reconocimiento; o, petición de reconocimiento voluntario formulada ante la Corporación Registro Civil de Guayaquil según el caso,
2.- Cédula de ciudadanía y certificado de votación de quien solicita la inscripción; y,
3.- Presencia de dos testigos hábiles, quienes deberán presentar sus cédulas de ‘ciudadanía’ y certificados de votación, si el reconocimiento se realiza ante funcionario de la Corporación Registro Civil de Guayaquil.